Primavera Pro

Primavera Pro: Sobre la contratación de artistas

La Asociación de Promotores Musicales (APM) ha organizado un panel dentro de las jornadas profesionales de Primavera Pro, el evento dirigido a los profesionales nacionales e internacionales de la industria musical y cultural que se realiza paralelamente al festival Primavera Sound. El nombre de la charla suponía un buen resumen de lo que allí se hablaría: ‘Contratación de artistas, régimen laboral y Seguridad Social’.

Para arrojar un poco de luz sobre este tema que preocupa tantísimo a los asociados a la APM y – me atravería a decir – a toda la industria, había varios expertos en la materia: la abogada Anna Torrents (Subiturre) y el también abogado Jose Luis Herrero (CVGH Abogados) aportaron el punto de vista legal, así como Carmen Zapata (ASACC/MIM) y Josep Reig (Musicat) la visión del sector.

Todo el debate giró en torno al estatuto del 85 que establece la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos. Y se sucedieron diferentes perspectivas (la visión jurista chocaba con el día a día de la industria) e interpretaciones de la ley (porque a veces incluso dentro de los inspectores y otros técnicos de la Seguridad Social hay hay mensajes contradictorios).

¿Los artistas deben ser autónomos y facturar a la sala? ¿Debe por el contrario ser la sala quien le contrate y tramite su alta en la Seguridad Social? Además hay casuísticas que poco o nada tienen que ver. Por ejemplo, si comparamos a un músico que actúa en un bar pequeño con una gran estrella que llena estadios. ¿No sería lógico pensar que no se les puede aplicar la misma normativa por igual?

La ley dice que los artistas son siempre trabajadores por cuenta ajena y que por tanto son los promotores quienes les tienen que dar de alta en su régimen laboral correspondiente de la Seguridad Social. Pero a su vez también contempla que puedan ser empresarios individuales (autónomos) o estar constituidos con cualquier otra forma jurídica (SL, cooperativa, etc).

Esta falta de conexión con la realidad (y más aún con la realidad actual – recordemos que esta ley tiene más de 30 años-) deriva en auténticos disparates y situaciones a menudo inverosímiles, además de confusión y desinformación. Por lo que es evidente que es necesaria una revisión de este estatuto y que así contemple las distintas realidades que se viven dentro de la industria.


En este artículo apenas hemos ofrecido unas pinceladas de lo que se habló en el debate. Si necesitas más información sobre este tema, por favor envíanos un mail a prensa@apmusicales.com.