Comisión de Cultura aprueba la modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

La Comisión de Cultura aprueba la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual

La Comisión de Cultura ha aprobado este martes por unanimidad la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, por lo que continúa ahora su tramitación en el Senado.

Con su aprobación, se pone freno a prácticas como las de la «rueda de las televisiones» y se establece que solo se requerirá la autorización judicial para el cierre de una página web en el caso de que sea de estricta reincidencia en el delito o si previamente ya ha habido una resolución judicial.

 

La reforma incluye la regulación de las entidades de gestión colectiva, que «son propiedad de sus socios y estarán sometidas al control de los mismos». Así, se determina que aquellas que recauden anualmente una cifra igual o superior a 100 millones de euros en el ejercicio anterior, estarán obligadas a nombrar como miembros del organismo de control a un número de terceros independientes igual al número de miembros de la entidad de gestión que integren dicho órgano.

Cabe destacar que las entidades de gestión –SGAE, AIE o AGEDI– recibirán un pago a cuenta del 100% de la última tarifa acordada o, a falta de un acuerdo anterior, el 50% por parte de los usuarios de derechos de propiedad intelectual –radios y televisiones– en el caso de que hubiera un conflicto entre las partes.

En cuanto a los estatutos, se establece que el régimen de voto no permitirá que se produzcan concentraciones mayoritarias en poder de un número reducido de miembros, si ello constriñe la democracia interna o altera de alguna forma la libertad de actuación de la asamblea general.

Además, se deberá velar porque aquellos titulares de derechos que pertenezcan a empresas usuarias no ocupen puestos en los órganos de gobierno, ni participen en las tomas de decisión en que pudiera existir un conflicto de intereses.

En la reforma, se determina que las entidades de gestión adoptarán las medidas necesarias, incluyendo la fijación de topes de reparto cuando sea procedente, para evitar que obras reciban cantidades desproporcionadas en relación a los rendimientos comerciales o de audiencia que se producen durante su explotación.

En concreto, se establece que no se superará en ningún caso el 20% del total recaudado por un caso intensivo, cuando la radiodifusión en los que el valor comercial por el uso de las obras y prestaciones protegidas sea testimonial por ausencia de audiencia significativa.

La SGAE ya ha valorado «de manera positiva» la decisión del Congreso de poner un tope del 20 % a lo recaudado por cada autor por la emisión de su obra en un horario nocturno, la denominada «rueda de las televisiones».

«En líneas generales valoramos de manera positiva el hecho de que se clarifique la situación», señala en un comunicado la SGAE, que asegura que su intención es adaptarse «al nuevo ordenamiento jurídico lo antes posible» por lo que su nueva Junta Directiva está ya trabajando «en unas normas de reparto y en unos Estatutos que la Asamblea General».

En opinión de la Coalición de Creadores, la aprobación es «un paso adelante contra la piratería» que permite a España posicionarse «con los países de su entorno en la defensa de los creadores y las industrias de contenidos frente a los piratas».