Contratación de artistas
Contratación de artistas

Contratación de artistas: en vías de desprecarización

Un bar que cuenta con un pianista en plantilla para que amenice las cenas del fin de semana; Bruno Mars en el Estadi Olímpic de Barcelona ante más de 50.000 asistentes; el primer concierto de una banda emergente al que asisten 20 personas entre familiares y amigos… Estas y otras casuísticas están a años luz unas de otras. Pero todas se acogen a una misma normativa que, además de estar desfasada –data de 1985–, ya en su día era muy básica. Solo contempla una posibilidad: el músico es un trabajador por cuenta ajena y debe ser contratado por el organizador. El único convenio que podría aplicarse marca incluso el sueldo por show: 114 euros. ¿La consecuencia? Casi nadie lo cumple.

Que en algún momento llegará una nueva legislación para resolver este problema, y que tendrá cabida dentro del Estatuto del Artista, se escucha desde hace años. Pero, a la hora de la verdad, la administración lo dejaba pasar. Se organizaron charlas, se escribieron artículos, se presentaron informes… Y un runrún continuo fue cobrando fuerza año tras año hasta que en 2018 se convirtió en ensordecedor. Los inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SS) comenzaron a frecuentar los bares, clubs y salas de conciertos con música en vivo. 

Una situación insostenible 

Los más afectados fueron y son los músicos y empresarios que operan dentro de circuitos emergentes. Ya sea por falta de recursos económicos o humanos, ni los locales pueden permitirse dar de alta a todos los miembros de un grupo diferente cada noche; ni las bandas, en su mayoría amateurs, pueden costearse ser autónomos. Las pérdidas son habituales y los beneficios suelen ser bajos o inexistentes. Rara vez un grupo de estas características reúne suficiente público como para hacer viable un show con la venta de entradas.

Explica Lluís Torrents, gerente de Miles Away y Sala Razzmatazz, además de presidente de la Associació de Sales de Concerts de Catalunya (ASACC), que las salas con aforos pequeños que ofrecen el local para que grupos noveles realicen allí sus primeros bolos “son imprescindibles para el sector”, y enfatiza que deben seguir existiendo “porque de ahí salen los futuros artistas”. Pero es una actividad difícil de mantener. “Si tienes que pagar más de 100 euros a cada integrante del grupo, hacerles una nómina a cada uno, y entran 30 personas sin pagar y como mucho hay dos que se toman una cerveza… para la sala es inviable a todas luces”, continúa el promotor.

Defiende, además, que en ese caso se trata más bien de un pacto de colaboración, ya que “nadie está ganando dinero ahí”. Y no se da una relación laboral, pues el grupo “no está sujeto a las directrices de la sala, sino que expone su trabajo de creación con el ánimo de desarrollar una carrera artística propia”, añade Torrents.

Para los grupos que reúnen más gente pero aún no se pueden dedicar a la música, entraban en juego las cooperativas, una opción que permitía a esas bandas estar cubiertas en la SS sin unos costes desorbitados, ni para los músicos ni para los promotores. Pero en 2018 fueron puestas en entredicho. “Con la precariedad que existe en el sector y las ganas de trabajar que tienen tanto músicos como promotores, lo más lógico es crear una normativa que abra las posibilidades de contratación”, reflexionaba Josep Reig, presidente de la Associació Professional de Músics de Catalunya (Musicat), en la charla organizada por APM dentro de la edición de 2018 del Primavera Pro. La asociación catalana ejercía como cooperativa al dar la posibilidad a sus miembros de facturar a través de ella, dando de alta a los músicos en la SS solo los días de concierto.

En ese contexto, la reforma de la ley del 85 emergía como necesaria porque, entre otras problemáticas, ni los inspectores aplicaban un criterio unánime –los empresarios afectados dicen que se cambia la interpretación según el interlocutor de turno–, ni los organismos públicos están exentos de controversia. El Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música (Inaem), concretamente su iniciativa Girando Por Salas (GPS), fue foco de polémicas en 2018. Después de una década operando, el programa fue puesto en tela de juicio debido a la inspección realizada a la cooperativa MUS21, pues afectaba a algunos músicos que habían recibido ayudas de GPS. La coordinadora de esta iniciativa, Herminia Martínez, defiende que ellos “no son los promotores”, ya que GPS es solo una “ayuda económica” para que los artistas puedan girar y así “potenciar un circuito más allá de las grandes ciudades”.

Ajenidad y dependencia

También hay contradicciones y discrepancias sobre si un artista puede funcionar como una empresa o si, por el contrario, debe ser considerado como un trabajador por cuenta ajena. Algunos músicos suelen quejarse de que la única opción que les ofrecen salas y festivales es la factura, es decir, mantener una relación mercantil. Pero según el fundador del bufete de abogados Sympathy for the Lawyer, Manuel Ángel López, la interpretación correcta de la normativa avala esa práctica.

En su opinión, los solistas y bandas que tocan en los festivales son tratados como empresas o marcas porque funcionan como tal. Es decir, tienen repertorio propio, no reciben instrucciones acerca del contenido de su actuación por parte del empresario que los contrata y, en definitiva, son dueños de su propio trabajo. Añade que el promotor o sala contrata a una banda o solista con una singularidad artística, independientemente de su calidad o fama, “estando claro que esos músicos no trabajan en las mismas condiciones que los artistas subordinados a un empresario que les dice qué y cómo tocar”. Al contrario, dice, esos músicos capitalizan su nombre artístico y gozan del poder de convocatoria del público, lo cual es la principal motivación del organizador del concierto al contratarles.

Ahora bien, López también avisa de que “no se puede generalizar” y afirma que hay casos en los que la relación laboral cobra sentido. Pone como ejemplos un tablao flamenco o una orquesta, donde el músico debe estar contratado. La clave está en el criterio de dependencia (el intérprete no dispone de completa autonomía ni al escoger el repertorio ni al ejecutarlo, ya que realiza el trabajo artístico bajo la dirección y las instrucciones del empresario) y de ajenidad (el empresario y el músico pactan una retribución fija o variable en forma de nómina por la prestación del servicio, independientemente de los frutos y los riesgos del espectáculo, ambos asumidos enteramente por el primero). Además, desarrolla el jurista, “en las inspecciones de trabajo no se realiza una interpretación de los conceptos ajenidad y dependencia adaptada al funcionamiento de la música en directo”.

2019, el año del cambio

A finales de 2018 el runrún se convirtió en un tictac. Todo parece indicar que en 2019 el Estatuto del Artista está dejando de ser un canto de sirena para convertirse en una realidad. La Plataforma Estatal por la Música, presentada a principios de año, persigue ese hito. Esta agrupación transversal representa los intereses de más de 8.000 músicos. Cuenta con varias asociaciones de empresarios del sector como ACCES, Fasyde y APM, entre otras, y con el apoyo de numerosos organismos públicos.

En palabras de su portavoz, Guillem Arnedo, el objetivo es “tener todos los puntos de vista posibles y hacer un frente común”, así como “conseguir un cambio para acabar con la precariedad y la desprotección que provoca la normativa actual”. Para revertir la situación, la plataforma está siendo la interlocutora del Gobierno. Su voluntad es “traducir todas las casuísticas posibles en ley”.

Eduardo Maura, portavoz de cultura de Unidos Podemos en el Congreso de los Diputados, es uno de los impulsores de esta nueva normativa. Él mismo explica el proceso: “El Estatuto del Artista y de las y los profesionales de la cultura –el nombre que le damos a un paraguas que engloba cuestiones del ámbito fiscal, laboral, sanitario, de derechos intelectuales, etc.– se lleva gestando desde hace dos años”. Su aplicación no es exclusiva al ámbito musical, sino que engloba situaciones comunes en todos los sectores culturales. Maura lo ejemplifica con los “problemas con la pensión por jubilación, la baja por maternidad y paternidad y el acceso a otros subsidios, además de la intermitencia y la precariedad, cuestiones que afectan a todos los sectores por igual”. 

También Julián Galindo, socio de Carrillo Asesores, insiste en que “la legislación debe ser general” y que “todas las ramas de la cultura tienen que regularse a la par”. A finales de diciembre de 2018, se aprobaron ya en un primer decreto “medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía”. Para Galindo, “el cambio se consigue con pequeños pasos como este”. La nueva norma, ya vigente, “da unas pinceladas de por dónde irán los derroteros del Estatuto del Artista”, añade. 

El texto se centra en materia fiscal y laboral: se establece que la relación entre artistas y promotores podrá ser tanto laboral como mercantil, dependiendo del caso; se tiene en cuenta la intermitencia; y se flexibiliza la cotización a la SS. “Algo muy positivo porque la carrera de un músico tiene muchos altibajos”, agrega Galindo.

Al cierre de esta edición, las esperanzas están puestas en la siguiente ola legislativa que podría ver la luz en primavera, aunque un nuevo Gobierno lo puede condicionar todo. El abogado anima a “ser optimistas porque las perspectivas de futuro son muy buenas para el sector”. Aunque esta nueva normativa “no será ni una revolución ni una panacea, es un primer paso en la lucha contra la precarización”.

Este texto fue publicado originalmente en el especial décimo Anuario de la música en vivo