Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo vuelve a dar la razón a APM ante la SGAE

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra la SGAE al confirmar la multa de 3,1 millones de euros impuesta hace unos años por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que condenaba así a la entidad por establecer tarifas abusivas en los conciertos (un 10% de los ingresos por entrada).

Para la Asociación de Promotores Musicales (APM), desde 2005 parte implicada como denunciante en este litigio, la respuesta al recurso de casación de la SGAE era “intrascendente”. Sobre todo, según el presidente de APM, Albert Salmerón, “en relación al conflicto abierto respecto a la tarifa, que sigue siendo abusiva y que SGAE situó de manera unilateral en el 8,5%, sin llegar a un acuerdo con los promotores”.

Con este recurso, lo que pretendía SGAE simplemente era recalcular la multa impuesta por la CNMC a la baja. Para ello, argumentaban que el cálculo debía hacerse solo a partir del margen que se queda la entidad una vez repartida la tarifa total entre sus miembros, mientras que para APM los ingresos de SGAE son, en definitiva, los pagos que los mismos promotores han efectuado en concepto de canon.

Gabriel Rossy, abogado de APM, explica que lo que fue realmente trascendente fue la de resolución de la CNMC. “Las conductas abusivas de SGAE (en especial, la tarifa) quedaron resueltas al confirmarse la resolución por parte la Audiencia Nacional y después de que el Tribunal Supremo rehusara enjuiciar el fondo de esta sentencia, limitando el objeto del recurso de casación a la determinación del importe de la multa”, detalla.